Transporte escolar. Curso 2024-25

 


Este servicio complementario está regulado por las órdenes:

* Orden de 14 de mayo de 2003, por la que se regula el transporte escolar en los Centros docentes públicos no universitarios en Cantabria

* Modificación del artículo 8º, por la Orden ECD 8/2014, de 24 de enero de 2014

El centro contará con cuatro autobuses que cubrirán cinco rutas de transporte. El número de plazas, así como las rutas y las paradas, continuan siendo las mismas.

Alumnado con derecho al uso del servicio

Según la normativa vigente y las instrucciones que marca la consejería de Educación existe una serie de alumnado del centro que tiene derecho al uso de este servicio complementario:

  • Todo el alumnado de las etapas de Educación Infantil (excepto 2 años) y Educación Primaria matriculado por primera vez en el colegio en el curso 2009-2010 o anteriores.
  • El alumnado de Educación Primaria que vive en la “zona de transporte” comprendida entre las vías de RENFE y FEVE y la Avenida de la Concordia.
  • El alumnado de Educación Primaria que, aun viviendo fuera de esa zona, deba escolarizarse de manera forzosa en el colegio por no tener plaza en otro centro del municipio (bajo el dictamen de la Comisión de Escolarización de la Consejería de Educación).

Alumnado sin derecho al uso del servicio: uso de plazas vacantes

El resto del alumnado del centro que no se encuentre dentro de dichas condiciones no tiene derecho al uso del servicio, es decir:

  • Todo el alumnado de Educación Infantil matriculado por primera vez en el centro, en el curso 2010-2011 y posteriores.
  • Todo el alumnado de Educación Primaria, matriculado por primera vez en el centro, en el curso 2010-2011 y posteriores, que viva fuera de la “zona de transporte”.

De acuerdo con la normativa en vigor, una vez asignado el alumnado con derecho al transporte a los distintos autobuses, las plazas vacantes que queden libres pueden ser adjudicadas al alumnado sin derecho al transporte.  En el caso de que hubiera más solicitudes para estas vacantes que plazas libres, se confeccionará una lista ordenada conforme a los siguientes criterios:

  • Tendrá preferencia el alumnado con hermanos/as en el centro con derecho a uso del servicio
  • Tras ellos, el alumnado ordenado por etapas y cursos de menos a mayor, y de entre ellos, los que tengan el domicilio más alejado del centro docente o con mayores dificultades por desplazamiento por servicios alternativos de transporte.
  • Tras ellos, tendrá preferencia el alumnado con familias con incompatibilidades de horarios laborales
  • En caso de empate, se sortearía una letra para ordenar al alumnado por su primer apellido.

Normas de uso del servicio

  • La seguridad del alumnado usuario de este servicio, desde la salida del domicilio hasta el momento en que se produce la llegada del vehículo a la parada asignada y viceversa, es responsabilidad de las familias. En el caso excepcional de que se ausente el adulto responsable, el personal acompañante del servicio de transporte escolar tiene autorización para dejar sólo en la parada al alumno/a.
  • Todo el alumnado usuario del servicio debe portar siempre el carné acreditativo, que indica su ruta y parada. Dicho carné no se puede modificar sin autorización expresa. En caso de pérdida o extravío, deberá solicitarse la renovación en secretaría previo pago de la cantidad de 0,50€.
  • La no utilización reiterada e injustificada del servicio de transporte supondrá la suspensión del derecho a este servicio durante dicho curso escolar. Todos los usuarios del servicio de transporte deberán utilizarlo al menos en un 80% de los recorridos que le correspondan al mes.
  • Si algún usuario con plaza asignada prevé la no utilización del servicio podrá renunciar al mismo, lo que no implica perder el derecho sobre esa plaza. La renuncia es una circunstancia puntual para un curso, por lo que se puede volver a solicitar plaza al curso siguiente con los mismos derechos.
  • El alumnado que use el servicio de transporte escolar debe respetar las normas de organización, y funcionamiento recogidas en el plan de convivencia del centro educativo. Estas son algunas de esas normas para los usuarios de transporte:
    • Se debe respetar y obedecer en todo momento a la figura del monitor/a y del conductor/a, dirigiéndose a los mismos con respeto y educación.
    • Se debe permanecer sentado en el sitio que se les indique
    • Se debe acceder al autobús en fila y de manera ordenada y deberán mostrar conductas adecuadas a la convivencia.
    • El uso del cinturón de seguridad es obligatorio. No se debe soltar el cinturón propio ni el del resto de usuarios durante la duración del trayecto.
    • Los usuarios del transporte que dobla y esperan en el patio, deberá respetar las zonas delimitadas por el monitor/a.
  • Ante el incumplimiento de estas normas existen una serie de medidas disciplinarias:
    • Conductas contrarias a la convivencia. Privación del servicio de transporte durante un plazo máximo de tres días.
    • Conductas gravemente contrarias a la convivencia. Privación del servicio de transporte durante un mes e incluso, pérdida del disfrute de la plaza durante el curso escolar.

Rutas y horarios

Rutas | Descargar

Horarios | Descargar


Colegio Público de Educación Infantil y Primaria GLORIA FUERTES
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